MAPA DEL DISTRITO DE MACHE |
Provincia de Otuzco |
LEY N° 14951
Creando el Distrito de Mache, en la Provincia de Otuzco, Departamento de La Libertad.
FERNANDO LEON DE VIVERO. Presidente del Congreso.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1° .-Créase el Distrito de MACHE, en la Provincia de Otuzco, del Departamento de La Libertad , cuya capital será el pueblo del mismo nombre.
ARTICULO 2° .-El Distrito de Mache estará integrado por los anexos Olaya, Lluín, Santa Teresita, Soledad, Machaytambo, Mullamanday, Pampán, Palconqui, Togopón y Chinchango, que queda segregado del Distrito de Julcán; y por los poblados que queden comprendidos dentro de sus límites.
ARTICULO 3° .-Los límites del nuevo Distrito serán los siguientes: Por el Norte, una línea que partiendo de la confluencia del río Canchacap con la quebrada de Quengushir, sigue por ésta, aguas arriba, al Alto Cruz de Medina, baja por la naciente de la quebrada Santa Rosa a la cejas de las peñas de Yamobamba, por las que sigue al cerro colorado, continúa pasando por cerro redondo San Isidro a la quebrada Huamanmarca, por la que baja al río Motil y que sigue por éste río, aguas arriba, hasta la confluencia con el río Chinchango; por el Este, el río Chinchango aguas arriba, hasta la altura o paso de la Contadera , baja por el río Canduall o Quesera, hasta su confluencia con el río Shinga; de este río, sigue una línea recta a la cumbre del cerro Alto del Molle y de este punto, baja a la quebrada de Sabilpampa por la que sigue hasta unirse con el río Pachachaca o Pampán o virú; por el Sur, el río Virú, aguas abajo, hasta Caraycito o Huacapongo, y por el Oeste de Caraycito o Huacapongo, sube la línea por crestas de cerros hasta las dos peñas de Jayacul, voltea al Noroeste por otras crestas, hasta el cerro de las Cautivas, continua por los cerros Suquica y Sulcha, hasta el paso o Cruz de Mullamanday, prosigue la línea hacía la cumbre del cerro Quinga, baja por la quebrada de Chunga al Chorro, hasta llegar al río Capulí, continúa por el curso de este río, hasta su confluencia con el río Cochaya, por el que sigue, aguas abajo, hasta la confluencia del río Canchacap con la quebrada de Quengushir, lugar donde comenzó esta delimitación.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los siete días del mes de enero de mil novecientos sesenticuatro.
JULIO DE LA PIEDRA , Presidente del Senado.
FERNANDO LEON DE VIVERO, presidente de la Cámara de Diputados.
CARLOS MALPICA RIVAROLA, Senador Secretario.
LUIS F. RODRIGUEZ, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto por el Artículo 129° de la Constitución , mando se publique y se comunique al Ministerio de Gobierno y Policía, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los tres días del mes de marzo de mil novecientos sesenticuatro.
FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente del Congreso.
CARLOS MALPICA, Senador Secretario del Congreso.
JUAN JOSE NUÑEZ SARDA, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, 7 de marzo de 1964.
Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
JUAN LANGUASCO DE HABICH.
* Transcripción fiel de la fuente original, Archivo del Congreso.
* Archivo Justicia Perú
https://peru.justia.com/federales/leyes/14951-mar-7-1964/gdoc/
* Transcripción fiel de la fuente original, Archivo del Congreso.
* Archivo Justicia Perú
https://peru.justia.com/federales/leyes/14951-mar-7-1964/gdoc/
1 comentario:
Hola, alguien sabe si en Mache están los registros de nacimiento de Lluin del año 1935? Gracias.
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